Acuerdo Nº 183 - Veda total para la captura de los peces chuhueco y pinchagua.
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El presente Acuerdo establece una veda total para la captura de la especie chuhueco (Cetengraulis mysticetus) entre el 1º de enero y el 30 de junio de cada año y de la especie pinchagua (Opisthonema spp.) durante los meses de marzo y septiembre de cada año, prohibiendo la utilización de esta última para la fabricación de harina de pescado que será destinada exclusivamente a la elaboración de conservas para consumo humano directo.
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Acuerdo Nº 183 - Veda total para la captura de los peces chuhueco y pinchagua.