Acuerdo Nº 2.912 - Reglamento de Registro y Control Posregistro de Alimentos.
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El presente Acuerdo expide el Reglamento de Registro y Control Posregistro de Alimentos, que dispone que la formulación de las políticas, regulaciones y normativas para expedir los registros sanitarios, como para la vigilancia y control sanitario de los alimentos para el consumo humano, es responsabilidad del Ministerio de Salud Pública a través de la Subsecretaria Nacional de Vigilancia de la Salud Pública, con el apoyo de las instancias técnicas competentes.
Title
Acuerdo Nº 2.912 - Reglamento de Registro y Control Posregistro de Alimentos.
Acuerdo Nº 777 - Reglamento de registro y control sanitario de alimentos.
Implements
Decreto Nº 1.290 - Crea la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA) y el Instituto Nacional de Investigación en Salud Pública (INSPI).