Acuerdo Nº 386/99 - Veda para la captura de camarón.
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El Acuerdo, que consta de 4 artículos, considerando que el aprovechamiento del camarón debe ser regulado para permitir la recuperación de las poblaciones, declara época de veda para su captura por cualquier medio en aguas marítimas de ambos litorales del país, el periodo comprendido del 1º de abril al 15 de mayo de 1999.
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Acuerdo Nº 386/99 - Veda para la captura de camarón.