Acuerdo Nº 453 - NSR 67.00.55:99 sobre las peras en conserva.
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El presente Acuerdo aprueba la Norma Salvadoreña Recomendada sobre las peras en conserva. Se entiende por peras en conserva el producto preparado con peras maduras de variedades comerciales para conserva, que se ajusten a las características del Pyrus communis o Pyrus sinensis, cuyas peras estarán peladas, sin corazón y sin pedúnculos, para todas las formas de presentación excepto para la forma de presentación "enteras", en la que no será necesario que estén peladas, sin corazón o sin pedúnculo
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Acuerdo Nº 453 - NSR 67.00.55:99 sobre las peras en conserva.