Decreto Nº 1.062 - Reglamento para cría y cultivo de especies bioacuáticas.
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El Reglamento se compone de 4 capítulos y 37 artículos. INDICE: Disposiciones generales (I); Autorización (II); Concesiones (III); Sanciones (IV). El cultivo y cría de especies bioacuáticas comprende las fases de desove, cría y reproducción de las mismas, las que se realizarán cuidando de no interrumpir el proceso biológico en su estado natural con el objeto de obtener una producción racionalizada (art. 1º). El artículo 3º define las áreas técnicamente permisibles para la piscicultura como aquel
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Decreto Nº 1.062 - Reglamento para cría y cultivo de especies bioacuáticas.