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Decreto Nº 175/006 - Dispone que no se autorizará la utilización de proteínas de origen animal y cualquier producto que las contenga, en la alimentación de rumiantes.
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En virtud de lo establecido por la presente Resolución, no podrá autorizarse la utilización de proteínas de origen animal y cualquier producto que las contenga, en la alimentación de rumiantes. Quedan exceptuadas de dicha prohibición las proteínas especificadas en el artículo 2º. El artículo 4º faculta a la Dirección General de Servicios Ganaderos para la inspección de predios y extracción de muestras de alimentos destinados a rumiantes, al fin de verificar la existencia de materiales prohibidos
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Decreto Nº 175/006 - Dispone que no se autorizará la utilización de proteínas de origen animal y cualquier producto que las contenga, en la alimentación de rumiantes.