Decreto Nº 75/99 - Régimen tributario a la explotación de maderas preciosas.
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El presente Decreto, que consta de 11 artículos, establece una tasa de retención en la fuente a cuenta del impuesto sobre la renta del 7,5 por ciento sobre cada metro cubico de madera en rollo de las especies Caoba (Swietenia macrophylla) y Cedro real (Cedrela odorata). La base sobre la cual se aplicara la retención será el precio promedio FOB internacional.
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Decreto Nº 75/99 - Régimen tributario a la explotación de maderas preciosas.