Decreto que prohíbe la tenencia de animales en basurales.
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Al fin de prevenir la difusión de la fiebre aftosa, el presente Decreto prohíbe: a) la tenencia de animales susceptibles a la fiebre aftosa y otras enfermedades exóticas en basurales; b) la extracción de residuos orgánicos de basurales para alimentación de cerdos; c) la remoción de residuos de la faena de animales de mataderos o frigoríficos para la alimentación de cerdos sin un tratamiento que garantice la inocuidad del producto.
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Decreto que prohíbe la tenencia de animales en basurales.