This content is exclusively provided by FAO / FAOLEX / ECOLEX
El presente Decreto introduce modificaciones en el capítulo 19 del Reglamento Bromatológico Nacional en lo referente a los alimentos azucarados. Establece requisitos a ser cumplidos por la mermelada, la jalea cítrica y otros productos a base de azúcar. Se incorpora al Reglamento Bromatológico Nacional el Anexo 2, el cual contiene la lista de aditivos permitidos para dulces y mermeladas.