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La presente Ley tiene por objeto programar la actividad turística, elevar el nivel de vida de los habitantes en las entidades federativas y municipios con afluencia turística, establecer niveles de coordinación, y determinar los mecanismos necesarios para la creación, conservación, mejoramiento, protección, promoción y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos nacionales, preservando el equilibrio ecológico y social de los lugares de que se trate.