Ley Nº 10/2001 - Ley del Plan Hidrológico Nacional.
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La presente Ley tiene como objeto la regulación de las materias a que se refiere el artículo 43 de la Ley Nº 29/1985, como contenido del Plan Hidrológico Nacional, así como el establecimiento de aquellas previsiones normativas necesarias para garantizar su cumplimiento. Para la consecución de sus objetivos la presente Ley regula: a) las medidas necesarias para la coordinación de los diferentes Planes Hidrológicos de cuenca; b) la solución para las alternativas que se proponen en los Planes Hidro
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Ley Nº 10/2001 - Ley del Plan Hidrológico Nacional.