Ley Nº 17.283 - Declara de interés general la protección del medio ambiente.
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La presente Ley declara de interés general, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 de la Constitución de la República: a) la protección del ambiente, de la calidad del aire, del agua, del suelo y del paisaje; b) la conservación de la diversidad biológica y de la configuración y estructura de la costa; c) la reducción y el adecuado manejo de las sustancias tóxicas o peligrosas y de los desechos cualquiera sea su tipo; d) la prevención, eliminación, mitigación y la compensación de los
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Ley Nº 17.283 - Declara de interés general la protección del medio ambiente.