Ley Nº 19.800 - Modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura.
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La presente Ley modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura, disponiendo que las zonas lacustres, fluviales y marítimas que formen parte del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado, quedarán excluidas de toda actividad pesquera extractiva y de acuicultura. No obstante, en las zonas marítimas que formen parte de Reservas Nacionales y Forestales, podrán realizarse dichas actividades, previa autorización de los organismos competentes.
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Ley Nº 19.800 - Modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura.