Ley Nº 213 - Ley de Bosques Urbanos de Puerto Rico.
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La presente Ley define la política pública relativa a la creación, manejo, restauración y conservación de los bosques urbanos de Puerto Rico, con el propósito de proteger la salud pública de las generaciones presentes y futuras y al mismo tiempo promover la creación de áreas verdes para tutelar el medio ambiente y los ecosistemas. Asimismo, la Ley establece el Fondo de Forestación Municipal y establece las normas en base a las cuales los municipios podrán beneficiar de los recursos previstos.
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Ley Nº 213 - Ley de Bosques Urbanos de Puerto Rico.
Para establecer la política pública que regirá la creación, establecimiento, manejo, restauración y conservación de los Bosques Urbanos de Puerto Rico; crear la figura del Profesional de Siembra Municipal y establecer sus funciones y deberes; y crear el F