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La presente Ley tiene por objeto el marco regulatorio relativo al dominio de los recursos minerales y a la ejecución de actividades mineras en sus distintas fases, a saber: prospección, exploración y explotación. Todos los recursos minerales en estado natural pertenecen al dominio del Estado. El derecho de propiedad del Estado sobre dichos recursos es imprescriptible, inalienable e inembargable, y puede constituir objeto de permisos y concesiones por tiempo limitado, de acuerdo a las condiciones