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Ley Nº 3.316 - Prohibición de quema y depósito de neumáticos deteriorados y en desuso en lugares no autorizados dentro del territorio de la Provincia.
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Esta Ley prohíbe en todo el territorio de la Provincia de Santa Cruz la quema y el depósito de neumáticos deteriorados y en desuso en lugares no autorizados. La Subsecretaría de Medio Ambiente de la Provincia queda encargada de coordinar la disposición final de los neumáticos en desuso mediante procedimientos que protejan el ambiente y la salud humana. Asimismo se modifica el artículo 62 del Código de Faltas de la Provincia de Santa Cruz en lo referente a las sanciones aplicables por colocar o a
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Ley Nº 3.316 - Prohibición de quema y depósito de neumáticos deteriorados y en desuso en lugares no autorizados dentro del territorio de la Provincia.