Ley Nº 4.634 - Normas para embarcaciones dedicadas a la captura de langostino.
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La presente Ley establece normas aplicables a las embarcaciones que se dediquen a la captura de langostino con permiso de pesca otorgado por la provincia de Chubut. En particular, dispone que las embarcaciones mencionadas deben obligatoriamente destinar la totalidad de las capturas incidentales obtenidas en cada viaje de pesca, y que no sean procesadas a bordo, a abastecer plantas procesadoras ubicadas en territorio provincial.
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Ley Nº 4.634 - Normas para embarcaciones dedicadas a la captura de langostino.