Ley Nº 5.078 - Crea el Comité Provincial de la Montaña.
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Por la presente Ley se crea, en la Provincia de Catamarca, el Comité Provincial de la Montaña, el que funcionará en el ámbito de la Secretaría de Estado de Ambiente. El artículo 3º enuncia los principios que deberán orientar la acción del Comité, como el de asegurar el bienestar presente y futuro de las comunidades de las montañas, promoviendo la conservación y el desarrollo sostenible en estas zonas. El artículo 4º enumera las funciones que corresponden al Comité.
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Ley Nº 5.078 - Crea el Comité Provincial de la Montaña.