Ley Nº 5.482 - Concesión de agua termal, medio ambiente y recursos naturales.
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La presente Ley tiene por objeto la regulación, control, promoción y protección en la Provincia de Jujuy de las aguas minero-medicinales y sus fuentes, a fin de lograr el empleo correcto de sus propiedades terapéuticas al igual que desarrollar las posibilidades turísticas de las zonas en que estén ubicadas para su racional explotación. Se encarga al Ministerio de Producción, Infraestructura y Medio Ambiente supervisar la exploración, aprovechamiento, administración, promoción, preservación, plan
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Ley Nº 5.482 - Concesión de agua termal, medio ambiente y recursos naturales.