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Ley Nº 696 - Declaración del castor como especie dañina y perjudicial en el ámbito de la Provincia.
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En virtud de la presente Ley, el castor canadensis queda declarado especie dañina y perjudicial en todo el ámbito de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. El Poder Ejecutivo provincial será responsable de erradicar y controlar la especie en el marco del manejo global de las invasiones biológicas.
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Ley Nº 696 - Declaración del castor como especie dañina y perjudicial en el ámbito de la Provincia.