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Mediante la presente Ley se establece el Código de Aguas de la Provincia de Salta, el cual rige todo lo referente a la tutela, manejo, poder de policía, captación, aducción, administración, distribución, conservación, defensa contra los efectos nocivos de las aguas públicas superficiales y subterráneas, sus fuentes, álveos, riberas, obras hidráulicas, así como las limitaciones al dominio en interés a su uso. En cuanto al marco institucional correspondiente, el artículo 6º crea el Consejo Asesor