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La presente Ley de Minas, tiene por objeto establecer las disposiciones normativas que regulan las actividades relativas a las operaciones mineras en general. Corresponde al Ministerio de Minas, Industria y Energía formular y coordinar las políticas y programas del sector minero y llevar la tramitación administrativa correspondiente. Los titulares de contratos o licencias deberán presentar al inicio de las operaciones un plan para la protección y saneamiento del medio ambiente.