Real Decreto Nº 1.047/1994 - Normas mínimas para la protección de terneros.
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El presente Real Decreto, que consta de 7 artículos, 1 disposición adicional, 2 finales y 1 anexo, establece las normas mínimas para la protección de terneros confinados para la cría y el engorde. El artículo 3º establece los espacios mínimos en las explotaciones de terneros. Para ser importados en el territorio español, los animales procedentes de un país tercero deberán acompañarse de un certificado expedido por la autoridad competente de ese país, que certifique que se han beneficiado de un t
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Real Decreto Nº 1.047/1994 - Normas mínimas para la protección de terneros.