El Real Decreto consta de 16 art culos. El presente Real Decreto se propone recoger en la legislaci n espa ola el contenido de la legislaci n comunitaria sobre esta materia y que se encuentra fundamentalmente en las Directivas del Consejo 70/534/CEE, 74/63/CEE, 77/101/CEE, 79/373/CEE, 82/471/CEE y sus modificaciones. El art culo 2 establece que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci n, previo informe favorable del Ministerio de Sanidad y Consumo, y de acuerdo con lo previsto en las Directivas de la CEE, establecer las listas de aditivos, materias primas, piensos simples y compuestos que pueden intervenir en la alimentaci n de los animales, as como los contenidos m ximos y m nimos y las caracter sticas de composici n de los mismos. En el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci n se constituir un Libro-Registro de alimentos para el ganado fabricados en Espa a (art. 4 ). El art culo 7 establece los requisitos que deben cumplir los fabricantes o intermediarios de sustancias medicamentosas, piensos compuestos y premezclas. La utilizaci n de nuevos aditivos para la alimentaci n animal en ensayos cient ficos deber ser autorizada previamente por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci n (art. 9 ). El Ministerio publicar anualmente la relaci n de los fabricantes de aditivos, de premezclas y de piensos compuestos que cumplan las condiciones establecidas en esta disposici n (art. 10). El art culo 15 prohibe realizar en el mismo local la transformaci n, mezcla o elaboraci n de productos con destino a la alimentaci n animal y al consumo humano, asi como la comercializaci n, importaci n, tenencia de materias primas o aditivos que no cumplan las prescripciones de la presente disposici n.
El Real Decreto consta de 16 artículos. El presente Real Decreto se propone recoger en la legislación española el contenido de la legislación comunitaria sobre esta materia y que se encuentra fundamentalmente en las Directivas del Consejo 70/534/CEE, 74/63/CEE, 77/101/CEE, 79/373/CEE, 82/471/CEE y sus modificaciones. El artículo 2º establece que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, previo informe favorable del Ministerio de Sanidad y Consumo, y de acuerdo con lo previsto en las Di
Que deroga el Decreto N 851/1975, del 20 de marzo, que regula las sustancias y productos que intervienen en la alimentaci n de los animales.
Title:
Real Decreto N 418/1987 - Sustancias y productos que intervienen en la alimentaci n de los animales.
Country:
Spain
Type of document:
Regulation
Date of text:
1987
ECOLEX regions:
ECOLEX URL:
Files:
Repealed:
Yes
Implements
Implemented by