Resolución Nº 1.336 - Arancel de prestaciones de salud ambiental.
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La presente Resolución aprueba el arancel de prestaciones de salud ambiental, estableciendo que en el caso de prestaciones que se otorguen fuera de la jornada ordinaria de trabajo, por causas no imputables al Servicio de Salud, el valor de la prestación u hora de trabajo en su caso según arancel se recargará en un 50 por ciento. La fracción de hora, cuando corresponda, se cobrará por hora completa cuando exceda de 30 minutos. Respecto de las prestaciones que requieran para su ejecución de apoyo
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Resolución Nº 1.336 - Arancel de prestaciones de salud ambiental.