Access information on Multilateral Environmental Agreements
You are here
Home»Law and Cases»Legislation»Resolución Nº 1.478 - Requisitos de ingreso de bulbos de ajo desde la República Popular China.
Resolución Nº 1.478 - Requisitos de ingreso de bulbos de ajo desde la República Popular China.
This content is exclusively provided by FAO / FAOLEX / ECOLEX
La presente Resolución establece que para su ingreso al país de bulbos de ajo (Allium sativum) para semilla o consumo, producidos en la República Popular China, deberán estar amparadas por un certificado fitosanitario oficial y estar libres de suelo y con las raíces recortadas.
Title
Resolución Nº 1.478 - Requisitos de ingreso de bulbos de ajo desde la República Popular China.