Resolución Nº 164/99/AG - Reglamento del cultivo del arroz.
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El Reglamento, que consta de 4 capítulos, 18 artículos y 3 disposiciones complementarias, establece las disposiciones de carácter cultural y fitosanitario que deben cumplir las personas naturales y jurídicas que se dediquen al cultivo del arroz, bajo la supervisión del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA), para asegurar el incremento de la producción y productividad de este cereal; valen también para quienes se dedican a la producción y procesamiento de semillas. Es obligatorio el emple
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Resolución Nº 164/99/AG - Reglamento del cultivo del arroz.