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Resolución Nº 2.295 - Medidas provisorias a las importaciones de carne bovina desosada proveniente de países con Fiebre Aftosa.
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La presente Resolución establece que las partidas de carne que se importen a Chile desde países con Fiebre Aftosa deben cumplir con el máximo de 3 por ciento de grasa de cobertura, y autorizas sólo el ingreso, desde tales países, de carne bovina desosada en cortes, excluyendo la carne picada, la carne molida y las hamburguesas.
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Resolución Nº 2.295 - Medidas provisorias a las importaciones de carne bovina desosada proveniente de países con Fiebre Aftosa.