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Resolución Nº 2.835 - Medidas provisorias a las importaciones de carne bovina desosada proveniente del Uruguay.
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La presente Resolución prohíbe las importaciones de carne con hueso de bovinos, ovinos, caprinos y porcinos provenientes del Uruguay y fija exigencias sanitarias adicionales a las partidas de carne bovina desosada procedentes del Uruguay, que deberán incorporarse a la actual certificación sanitaria.
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Resolución Nº 2.835 - Medidas provisorias a las importaciones de carne bovina desosada proveniente del Uruguay.