Resolución Nº 3.303 - Control obligatorio de la avispa de las latifoliadas.
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La presente Resolución declara el control obligatorio de la avispa de las latifoliadas (Tremex fuscicornis), fijando como zona de resguardo cuarentenario a las provincias de Chacabuco, Santiago, Cordillera, Maipo y Talagante en la Región Metropolitana, la provincia de Los Andes y comunas de Llay-Llay y Olmué en la V Región y comuna de Mostazal en la VI Región.
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Resolución Nº 3.303 - Control obligatorio de la avispa de las latifoliadas.