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Resolución Nº 7/02 - Prohíbe en todo el territorio nacional la producción, importación y comercialización de hidrolizados de órganos de origen rumiante, así como su utilización con fines alimenticios o suplementarios, sea como único ingrediente o mezcla.
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Por la presente Resolución se prohíbe en todo el territorio nacional la producción, importación y comercialización de hidrolizados de órganos de origen rumiante, así como su utilización con fines alimenticios o suplementarios, sea como único ingrediente o mezclado con otros productos.
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Resolución Nº 7/02 - Prohíbe en todo el territorio nacional la producción, importación y comercialización de hidrolizados de órganos de origen rumiante, así como su utilización con fines alimenticios o suplementarios, sea como único ingrediente o mezcla.