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El presente Decreto tiene por objeto instrumentar un sistema de control de utilizaci n de productos veterinarios en los ganados, a efectos de controlar su uso, evitando la contaminaci n y/o alteraci n de los productos utilizados en los procesos industriales, con el fin de preservar la salud humana y animal. En este sentido, el Decreto establece que todos los establecimientos productores de carne y leche con fines comerciales deber n llevar una planilla de registro de utilizaci n de productos veterinarios, en la forma, y condiciones que establezca la Direcci n General de Servicios Ganaderos del Ministerio de Ganader a, Agricultura y Pesca. Los establecimientos productores de leche con fines comerciales deber n tambi n llevar una planilla exclusiva de utilizaci n de medicamentos antimicrobianos. El productor deber incluir en las planillas correspondientes todos los tratamientos sanitarios que impliquen utilizaci n de productos veterinarios farmacol gicos y biol gicos que se suministren. En caso de infracci n, ser n aplicables las sanciones previstas en el art culo 285 la Ley N 16.736 de 1996 (Ley de presupuesto nacional de gastos, sueldos e inversiones).
Title:
Decreto N 177/004 - Registro de utilizaci n de productos veterinarios en establecimientos productores de carne y leche.
Country:
Uruguay
Type of document:
Regulation
Date of text:
2004
Data source:
Files:
Repealed:
No