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La presente Ley, que consta de 2 art culos, dispone que los buques pesqueros de bandera nacional no podr n ser impedidos de funcionar en sus tareas espec ficas mientras permanezcan embargados, salvo en los casos en que dicho embargo responda a la ejecuci n de una sentencia.
La presente Ley, que consta de 2 artículos, dispone que los buques pesqueros de bandera nacional no podrán ser impedidos de funcionar en sus tareas específicas mientras permanezcan embargados, salvo en los casos en que dicho embargo responda a la ejecución de una sentencia.
Title:
Ley N 15.641 - Funcionamiento de buques pesqueros de bandera nacional embargados.
Country:
Uruguay
Type of document:
Legislation
Date of text:
1984
Data source:
ECOLEX regions:
Files:
Repealed:
No