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Los siete art culos de la presente Ley Presupuestal de 1990 introducen modificaciones a la Ley Forestal en lo relativo a la denominaci n de la Direcci n Forestal que pasa a ser Direcci n General de Recursos Naturales Renovables (art. 267), al criterio para graduar las multas o realizar decomiso de los productos forestales y equipos en infracci n (art. 271 y 273), a la facultad de los funcionarios policiales y de la Direcci n General de Recursos Naturales Renovables para el ejercicio de las funciones de control a las infracciones (art. 272).
La Direcci n de Servicios de Protecci n Agr cola podr prohibir la utilizaci n, venta y exportaci n de vegetales, productos o subproductos de origen vegetal que estuviesen contaminados con residuos de plaguicidas en niveles superiores a los establecidos en el Codex Alimentarius o por los requerimientos, en la materia, del pa s de destino (art. 275).
Los siete artículos de la presente Ley Presupuestal de 1990 introducen modificaciones a la Ley Forestal en lo relativo a la denominación de la Dirección Forestal que pasa a ser Dirección General de Recursos Naturales Renovables (art. 267), al criterio para graduar las multas o realizar decomiso de los productos forestales y equipos en infracción (art. 271 y 273), a la facultad de los funcionarios policiales y de la Dirección General de Recursos Naturales Renovables para el ejercicio de las funci
Title:
Ley N 16.170 - Presupuesto Nacional de Sueldos, gastos e inversiones.
Country:
Uruguay
Type of document:
Legislation
Date of text:
1991
Data source:
ECOLEX regions:
Files:
Repealed:
No
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