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En virtud de la presente Resoluci n queda establecida un rea de veda de oto o para la especie merluza (Merluccius hubbsi), con el fin de contribuir a la conservaci n y racional explotaci n de la especie y proteger las concentraciones de juveniles de la misma en la Zona Com n de Pesca. Por consecuente, queda prohibida la captura de merluza, como as tambi n el uso de artes de arrastre de fondo dirigidas a especies de peces demersales en el rea delimitada por las coordenadas que se detallan en el art culo 1 .
En virtud de la presente Resolución queda establecida un área de veda de otoño para la especie merluza (Merluccius hubbsi), con el fin de contribuir a la conservación y racional explotación de la especie y proteger las concentraciones de juveniles de la misma en la Zona Común de Pesca. Por consecuente, queda prohibida la captura de merluza, como así también el uso de artes de arrastre de fondo dirigidas a especies de peces demersales en el área delimitada por las coordenadas que se detallan en e
Title:
Resoluci n de la Comisi n T cnica Mixta del Frente Mar timo N 2/2008 - Establ cese en forma precautoria un rea de veda de oto o para la especie merluza en la Zona Com n de Pesca.
Country:
Argentina
Type of document:
Regulation
Date of text:
2008
Data source:
ECOLEX regions:
Files:
Repealed:
No