Por la presente Resoluci n la Comisi n T cnica Mixta del Frente Mar timo proh be la pesca de la especie merluza, as como la utilizaci n de todo tipo de artes de pesca de fondo, en el sector de la Zona Com n de Pesca que se especifica en el art culo 1 . Dicha veda de verano rige del 1 de enero al 31 de marzo de 2016 inclusive.
Por la presente Resolución la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo prohíbe la pesca de la especie merluza, así como la utilización de todo tipo de artes de pesca de fondo, en el sector de la Zona Común de Pesca que se especifica en el artículo 1º. Dicha veda de verano rige del 1º de enero al 31 de marzo de 2016 inclusive.
Title:
Resoluci n N 17/2015 - Veda de verano para la explotaci n de la especie merluza (Merluccius hubbsi) en la Zona Com n de Pesca.
Country:
Uruguay
Argentina
Type of document:
Miscellaneous
Date of text:
2015
Repealed:
No