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Palabras clave
sector privado, Alternatives, industria, exención
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1. Que las Partes que no operan al amparo del artículo 5 pidan a las empresas cuando soliciten exenciones para usos esenciales para IDM que demuestren tener en curso con toda la diligencia del caso actividades de investigación y desarrollo de alternativas a los IDM basados en CFC y/o que colaboren con otras empresas en esas actividades y que, con cada solicitud que hagan en el futuro, comuniquen en confianza a la Parte que haya de proponer la exención si se están asignando recursos y se están haciendo progresos y en qué medida, respecto de esas actividades de investigación y desarrollo, así como las solicitudes de licencia que hayan presentado a las autoridades sanitarias para IDM exentos de CFC.

2. Que las Partes que no operan al amparo del artículo 5 pidan a las empresas cuando soliciten exenciones para usos esenciales para IDM que demuestren estar realizando esfuerzos en el plano industrial, en forma individual o colectiva, en consulta con la comunidad médica, para informar a los profesionales de la atención sanitaria y a los pacientes acerca de otras opciones de tratamiento y de la transición hacia IDM exentos de CFC.

3. Que las Partes que no operan al amparo del artículo 5 pidan a las empresas cuando soliciten exenciones para usos esenciales para IDM que demuestren que ellas mismas o las empresas que distribuyen o venden sus productos usan para sus IDM exentos de CFC un envasado diferente del que utilizan para los IDM basados en CFC y aplican otras estrategias de comercialización apropiadas, en consulta con la comunidad médica, para fomentar la aceptación de médicos y pacientes de las alternativas exentas de CFC que ofrece la empresa, a reserva de las consideraciones relativas a la salud y a la seguridad del producto.

4. Que las Partes que no operan al amparo del artículo 5 pidan a las empresas que fabrican, distribuyen o venden IDM basados en CFC e IDM exentos de CFC que no realicen una publicidad falsa o engañosa sobre las alternativas exentas de CFC a los IDM basados en CFC.

5. Que las Partes que no operan al amparo del artículo 5 pidan a las empresas cuando soliciten exenciones para usos esenciales para IDM que velen por que la participación en los procedimientos de reglamentación esté guiada por preocupaciones legítimas en relación con el medio ambiente, la salud y la seguridad.

6. Que las Partes que no operan al amparo del artículo 5 pidan a las empresas que fabrican IDM basados en CFC que adopten todas las medidas económicamente viables para reducir al mínimo las emisiones de CFC durante la fabricación de IDM.

7. Que las Partes que no operan al amparo del artículo 5 pidan a las empresas que fabrican, distribuyen o venden IDM basados en CFC que eliminen los inhaladores caducados, defectuosos y devueltos de manera tal que se reduzcan al mínimo las emisiones de CFC.

8. Que las Partes que no operan al amparo del artículo 5 pidan a las empresas que fabrican IDM basados en CFC que examinen periódicamente las necesidades de CFC y los pronósticos del mercado de IDM, y notifiquen a las autoridades fiscalizadoras nacionales si esos pronósticos indican un excedente de CFC obtenidos en virtud de la exención para usos esenciales.

9. Que las Partes que no operan al amparo del artículo 5 pidan a las empresas cuando soliciten exenciones para usos esenciales para IDM que faciliten información sobre las medidas que están tomando para velar por la continuidad del suministro de tratamientos para asma y enfermedades pulmonares obstructivas crónicas (incluidos los IDM basados en CFC) a los países importadores.

10. Que las Partes que no operan al amparo del artículo 5 pidan a las empresas cuando soliciten exenciones para usos esenciales para IDM que presten asistencia a las instalaciones de fabricación de IDM de las empresas situadas en países que operan al amparo del artículo 5 y en países con economías en transición para mejorar la tecnología y los equipos de capital necesarios para la fabricación de tratamientos para asma y enfermedades pulmonares obstructivas crónicas exentos de CFC.

11. Pedir al Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica que recoja lo dispuesto en los párrafos 1 a 10 supra en una versión revisada del Manual sobre propuestas de usos esenciales.