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Palabras clave
enfermedades, evaluación económica, presentación de informes, Alternatives
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1. Tomar nota, con reconocimiento, de la labor realizada por el Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica y su Comité de Opciones Técnicas en cumplimiento de la decisión IV/25 de la Cuarta Reunión de las Partes y la decisión VII/28 de la Séptima Reunión de las Partes;

2. Tomar nota, con reconocimiento, de que para uno de los ingredientes activos ya ha entrado en el mercado de algunos países un nuevo IDM que no utiliza CFC, y de que se prevé la aparición de otros en un plazo de uno a tres años. Otros tratamientos y dispositivos que no utilizan CFC ya ofrecen una alternativa adecuada para muchos pacientes en algunas Partes que no operan al amparo del artículo 5;

3. Pedir a las Partes que no operan al amparo del artículo 5 que hayan desarrollado una estrategia nacional de transición que informen al Grupo de Evaluación y su Comité de Opciones Técnicas pertinente sobre los detalles de esa estrategia nacional de transición para tratamientos del asma y las enfermedades pulmonares obstructivas crónicas exentos de CFC con antelación a las reuniones del Comité de Opciones Técnicas, a partir de 1997;

4. Pedir al Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica y a su Comité de Opciones Técnicas pertinente que presenten un informe provisional sobre los progresos en la elaboración y aplicación en Partes que no operan al amparo del artículo 5 de estrategias nacionales de transición para tratamientos del asma y las enfermedades pulmonares obstructivas crónicas exentos de CFC, y que informen al Grupo de Trabajo de composición abierta en preparación de la Novena Reunión de las Partes;

5. Pedir al Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica que siga examinando los problemas referentes a una transición hacia tratamientos del asma y las enfermedades pulmonares obstructivas crónicas exentos de CFC en países que no operan al amparo del artículo 5, que suponga una protección cabal de la salud pública, e informe sobre los progresos realizados a la Novena Reunión de las Partes y presente un informe final a la Décima Reunión de las Partes. Al hacerlo, el Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica deberá consultar a órganos internacionales como la Organización Mundial de la Salud y otras instituciones que representan a los profesionales de la atención sanitaria, a grupos de defensa de los pacientes y a la industria privada, así como a los órganos y gobiernos nacionales. El Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica deberá tener en cuenta:

a) En el contexto de la fase de transición, la forma en que las decisiones adoptadas en el marco del Protocolo de Montreal y las estrategias nacionales puedan complementarse mutuamente;

b) Los efectos en el derecho y la posibilidad de los pacientes de Partes que operan al amparo del artículo 5, países con economías en transición, Partes que no operan en virtud del artículo 5 con grandes comunidades desfavorecidas y países importadores, de recibir IDM basados en CFC cuando no se disponga de alternativas médica y económicamente aceptables en caso de reducciones en las Partes que no operan al amparo del artículo 5 de las exenciones para usos esenciales para IDM que contienen CFC;

c) La influencia de posibles exenciones para usos esenciales transferibles, así como de las restricciones comerciales vigentes o que puedan imponer determinados países respecto en la transición y el acceso sin tropiezos a opciones de tratamiento asequibles;

d) Los mercados internacionales y la fluidez del comercio de IDM que contienen CFC, así como los tratamientos alternativos para el asma y las enfermedades pulmonares obstructivas crónicas;

e) Las consecuencias para subgrupos de pacientes que puedan seguir teniendo necesidades médicas imperiosas después de una virtual eliminación;

f) La gama de incentivos reglamentarios y no reglamentarios, así como los obstáculos para la investigación y el desarrollo de tratamientos alternativos del asma y las enfermedades pulmonares obstructivas crónicas y la penetración en el mercado de tratamientos alternativos del asma y las enfermedades pulmonares obstructivas crónicas;

g) La medida en que los inhaladores de polvo seco (IPS) y otras opciones de tratamiento se puedan considerar alternativas médica y económicamente aceptables a los IDM que utilizan CFC, en consulta con los órganos arriba citados, y en consecuencia los factores que puedan influir en la posibilidad de que sirvan como sustitutos en distintos países;

h) Las consecuencias relativas para la eliminación gradual de sustancias destructoras del ozono de distintas opciones de política que faciliten la transición hacia tratamientos que no utilicen CFC;

i) Medidas que podrían adoptarse para facilitar el acceso a tecnologías y opciones de tratamiento asequibles que no utilizan CFC.