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1. Decide que es esencial salvaguardar la confianza en la integridad del proceso de trabajo del Comité de Examen de los Contaminantes Orgánicos Persistentes y alentar a personas competentes y con experiencia a aceptar ser miembros del Comité mediante:
a) El establecimiento de un código de conducta adecuado;
b) El establecimiento de normas claras en relación con los conflictos de intereses durante la pertenencia al Comité y posteriormente;
c) La reducción al mínimo de la posibilidad de que surjan conflictos entre los intereses privados y las obligaciones públicas de los miembros;
d) El establecimiento de procedimientos adecuados para evitar y abordar los conflictos de intereses en relación con las actividades del Comité de Examen de los Contaminantes Orgánicos Persistentes.