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1. Invita a las Partes, organizaciones internacionales y organizaciones no gubernamentales pertinentes a proporcionar a la secretaría información sobre sus experiencias en la aplicación de las orientaciones sobre asistencia técnica y transferencia de tecnologías adoptadas por la Conferencia de las Partes en la decisión SC-1/15;
2. Pide, a la secretaría que presente, en cada reunión de la Conferencia de las Partes, un informe basado en la información proporcionada con arreglo al párrafo 1 supra y toda otra información pertinente sobre la aplicación de las orientaciones sobre asistencia técnica y transferencia de tecnologías ecológicamente racionales con el fin de facilitar exámenes periódicos de la aplicación de las orientaciones sobre asistencia técnica y transferencia de tecnologías, por la Conferencia de las Partes.