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La Conferencia de las Partes
1. Acoge con beneplácito la contribución realizada por el Japón, en calidad de país encargado de la actualización de las directrices técnicas para la gestión ambientalmente racional de los desechos consistentes en mercurio elemental y desechos que contengan mercurio o estén contaminados con él, y el establecimiento del pequeño grupo de trabajo entre reuniones de conformidad con la decisión IX/15 de la Conferencia de las Partes;
2. Aprueba las directrices técnicas para la gestión ambientalmente racional de desechos consistentes en mercurio elemental o compuestos de mercurio, que los contengan o estén contaminados con ellos(1);
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