Title:
Evaluación de la eficacia
Published:
March 02, 2008
Descripción:
Nota de la secretaría La cuestión de la evaluación de la eficacia se aborda en el artículo 16 del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes. De tal suerte, en el párrafo 1 de ese artículo se estipula que: “Cuando hayan transcurrido cuatro años a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Convenio, y en lo sucesivo de manera periódica a intervalos que ha de fijar la Conferencia de las Partes, la Conferencia evaluará la eficacia del presente Convenio”.
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Treaty:
Convenio de Estocolmo