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Type
Decision
Status
Active

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Palabras clave
no-Parte, comercio
Texto completo

En su decisión V/3, la Quinta Reunión de las Partes acordó:

1. Tomar nota de la información comunicada por países que no son Partes en el Protocolo de Montreal que informe a esos Estados de que, según las disposiciones del artículo 4, las restricciones al comercio en virtud de dicho artículo son aplicables a todos los Estados que no sean Partes;

2. Tomar nota, sin embargo, de las solicitudes presentadas por Malta, Jordania, Polonia y Turquía a la Reunión de las Partes para que acuerde prorrogar para esos países la decisión IV/17C hasta que puedan completar sus procedimientos para proceder a la ratificación de la Enmienda de Londres;

3. Tomar nota de que estos cuatro países han presentado datos en cumplimiento de la decisión IV/17C en los que notifican que en 1992 cumplían ya plenamente lo dispuesto en los artículos 2, 2A a 2E y el artículo 4 del Protocolo de Montreal, y de que han presentado datos al respecto tal como se especifica en el artículo 7 del Protocolo;

4. Convenir en prorrogar para esos países, hasta la Sexta Reunión de las Partes, la exención de las medidas de control relativas al comercio previstas en los artículos 2, 2A a 2E y en el artículo 4 del Protocolo de Montreal, los datos especificados en el artículo 7 a fin de demostrar que durante 1993 han observado plenamente las medidas de control previstas en todos esos artículos. Esos datos se presentarán de conformidad con los formularios revisados para la presentación de datos tal como han sido adoptados por las Partes en la decisión V/5;

5. Acordar la concesión de esta exención en el entendimiento de que toda futura exención de esta índole sólo se concederá de conformidad con las disposiciones del párrafo 8 del artículo 4.