Treaty
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Reconociendo que la cuestión es un problema que requiere una solución que implique tanto a las Partes exportadoras como a las importadoras,
Acogiendo con beneplácito las medidas adoptadas por algunas Partes para prohibir, en sus legislaciones nacionales, la exportación de equipos de refrigeración que no cumplan sus normativas nacionales o sean incompatibles con sus estándares,
- Solicitar que el Comité Ejecutivo del Fondo Multilateral considere la posibilidad de asignar fondos en el marco de los planes de ejecución de las actividades relativas a los hidrofluorocarbonos (HFC) conforme a la Enmienda de Kigali y los planes de gestión de la eliminación de los hidroclorofluorocarbonos (HCFC) para ayudar a las Partes importadoras que operan al amparo del párrafo 1 del artículo 5 del Protocolo de Montreal a formular y aplicar políticas y medidas que eviten futuros incumplimientos por la importación de equipos de refrigeración prohibidos;
- Instar a las Partes que exportan esos equipos a que consideren la posibilidad de instituir medidas que prohíban, según proceda, la exportación de equipos de refrigeración que dependan de sustancias controladas y cuya comercialización ya no esté permitida en la Parte exportadora.