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La Conferencia de las Partes,
1. Acuerda completar la primera evaluación de la eficacia en su cuarta reunión que se celebrará en 2009;
2. Decide poner en práctica los elementos para el plan de vigilancia a nivel mundial propuesto en el anexo de la presente decisión, e insta a que se apliquen. Los ensayos sobre el terreno que, en su primera reunión, la Conferencia de las Partes pidió que se realizaran y que son necesarios para esta puesta en práctica, deberán llevarse a cabo de conformidad con los elementos del anexo de la presente decisión, con sujeción a la disponibilidad de fondos;
3. Decide también establecer un grupo de trabajo técnico especial provisional integrado por 15 representantes de las Partes procedentes de las cinco regiones de las Naciones Unidas para coordinar y supervisar la aplicación del plan de vigilancia a nivel mundial que figura en el anexo de la presente decisión;
4. Pide al grupo de trabajo técnico especial provisional que informe de los progresos alcanzados en la aplicación del plan de vigilancia a nivel mundial a la Conferencia de las Partes en su tercera reunión;
5. Decide examinar, en su tercera reunión, los progresos logrados por el grupo de trabajo técnico especial provisional y decidir si el grupo de trabajo debe proseguir su labor;
Anexo de la decisión SC-2/13
Elementos para establecer y aplicar un plan mundial de vigilancia